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{titleflag:uy}Montevideo COMM, Uruguay (28-02-2007)
TIPIFICAN TERRORISMO DE ESTADO
Del Estado al hombre
El tribunal de apelaciones revocó la figura de "asociación para delinquir" en el caso de los militares Arab y Gavazzo procesados por violaciones a los Derechos Humanos, cambiándolo por Terrorismo de Estado. El Dr. Alfredo Gómez, que integra el tribunal, explicó la decisión a Montevideo Portal.
Según señaló Gómez, "Asociación para delinquir es cuando se juntan cuatro o cinco para cometer un delito específico" afirmó Gomez, destacando que en este caso se utilizó el propio aparato del Estado "ellos no entraron al Ejército para delinquir", agregó.
El fallo mantiene el delito de privación de libertad dispuesto por el juez Luis Charles y agrega que si aún cuando se comprobara que Gabazzo y Arab no hubieran realizado la detención de Adalberto Soba Fernández, como señalan las defensas, existen implicancia de coautoría.
"Como se señala en doctrina, el delito de privación de libertad es el arquetipo del delito permanente, y, por tanto, corresponde desestimar cualquier planteo de prescripción, en tanto se mantenga tal imputación", señala el documento que responde a las apelaciones presentadas por la defensa de los dos militares.
"A esta altura de las actuaciones, conforme a la prueba aportada, no pueden caber hesitaciones acerca del papel principal que, respecto de los detenidos del PVP, jugaron los dos imputados. Tan es ello así que trajeron al país al resto de la familia de Soba y Mechoso, así como parte del dinero encontrado en la casa de este último", agrega el fallo.
Como forma de ilustrar el poder de decisión que los acusados tenían en el centro de torturas Automotoras Orletti, el Tribunal menciona el traslado de 20 militantes detenidos en el centro de torturas.
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