|
{titleflag:mx}Boletín de prensa SJ/01
Ciudad de México, D.F. a 24 de enero de 2007
La Suprema Corte debe proteger
los derechos humanos ejerciendo su facultad de investigación en el caso del operativo en Atenco
El Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez considera que la
Suprema Corte de Justicia debe de
contribuir al esclarecimiento de los graves acontecimientos del 3 y 4 de mayo
de 2006 en San Salvador Atenco ejerciendo la facultad de investigación que la Constitución le confiere.
- Según diversos informes periodísticos, el pleno de la Suprema Corte de Justicia analizará próximamente el ejercicio de su facultad de investigación con relación a los abusos policíacos ocurridos el 3 y 4 de mayo de 2006 en San Salvador Atenco.
- Diversos organismos internacionales han emitido recomendaciones al gobierno mexicano a fin de que se realice una investigación imparcial en torno a esos lamentables hechos.
- Es preocupante la postura que se ha filtrado a los medios en el sentido de que no se debe de ejercer la facultad de investigación en este tipo de casos "aún cuando exista abuso".
Próximamente, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación analizará si ejerce o no la facultad de investigación que le confiere el segundo párrafo del artículo 97 constitucional para indagar las graves violaciones a derechos humanos cometidas en el marco del operativo policíaco implementado en los municipios de Texcoco y San Salvador Atenco, Estado de México, los días 3 y 4 de mayo del 2006.
Al respecto, el Centro de Derechos Humanos "Miguel Agustín Pro Juárez" considera que el análisis del caso abre posibilidades para que las víctimas de estos lamentables hechos accedan a la justicia. Al mismo tiempo, se trata de una ocasión propicia para que el máximo tribunal del país actúe como contrapeso ante la negligente actuación de las autoridades obligadas a esclarecer, sancionar y reparar el daño a las víctimas. Si bien la facultad de investigar violaciones graves a derechos humanos por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación es una facultad discrecional, consideramos que una revisión somera del caso encontrará cumplidos los requisitos necesarios para que la SCJN haga uso de esta facultad: existen suficientes evidencias de la tortura y demás abusos cometidos por agentes del estado tanto en la recomendación 38/2006 de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, como en las recomendaciones emitidas por organismos internacionales de la Organización de Naciones Unidas, como el Comité Contra la Tortura y el Comité de Eliminación de la Discriminación contra la Mujer.
Cabe mencionar que a casi nueves meses de los hechos, los responsables no han sido sancionados y parece evidente la intención de encubrir a los implicados en el operativo. Por ello, resulta más que oportuna una investigación seria, imparcial y eficaz como la que podría ordenar la Suprema Corte.
En este tenor, es alarmante que -de acuerdo con recientes reportes de prensa- el dictamen que en próximos días será discutido proponga no ejercitar la facultad de investigación por considerar que "no será materia de facultad de investigación la actuación de la autoridad que se lleve a cabo dentro del marco jurídico de sus atribuciones y competencia, aun cuando exista abuso en el ejercicio de ésta y dé lugar a ciertas conductas perseguibles y sancionables". De imponerse este criterio, la Suprema Corte asumiría una postura pasiva ante la indefensión en que han quedado las víctimas de las violaciones a derechos humanos cometidas en Atenco, y contribuiría a mantener en la impunidad a los responsables. Permitiendo en los hechos la actuación arbitraria de los funcionarios públicos, la Corte contravendría el espíritu del artículo 97 constitucional caracterizado, precisamente, por la participación del Máximo Tribunal en la salvaguarda de los derechos fundamentales de los ciudadanos y las ciudadanas.
|