{titleflag:urgente} ACCIÓN URGENTE
Amplían nuevamente el Arraigo
a Diego Arcos Meneses
Lleva
ya más de 60 días privado arbitrariamente de su libertad y se extenderá su
detención por otros 30 días más, sin que existan pruebas sólidas en su contra.
La
próxima audiencia está señalada para el 23 de enero.
Se prolongó por otros 30 días
más el Arraigo contra Diego Arcos Meneses (en adelante Diego) quien
injustamente fue detenido por los hechos violentos ocurridos en la comunidad de
Viejo Velasco el 14 de noviembre de 2006. En comunicación con el Fiscal del
Ministerio Publico de Palenque confirmó que en el día 16 de Enero de 2007, a
solicitud Fiscal del Ministerio Público, Titular de la Mesa 2 de
la
Fiscalía Regional Zona Selva,Juez del Ramo Penal de Primera Instancia
del Distrito Judicial de Playas de Catazajá, Chiapas, otorgó por 30 días más
el Arraigo de Diego Arcos Meneses.
El Arraigo constituye una prolongada privación arbitraria de la libertad, que
evidencia el terror judicial del sistema de justicia mexicano, en contra de
Diego, el cual se encuentra detenido en la casa de Arraigo -casa de seguridad- conocida
como "Quinta Pitiquitos" en el Km.
10 de la carretera Chiapa de Corzo - Tuxtla Gutiérrez, municipio de Chiapa de
Corzo, Chiapas. Dicho Arraigo expira hasta el 15 de febrero de 2007,
constituyéndose de esta manera violaciones graves a la protección judicial,
garantías judiciales y al debido proceso, contempladas en nuestra carta magna
artículo 20, y de la
Convención Americana sobre Derechos Humanos "Pacto de San José" los artículos 8 y 25.
Diego está injustamente privado de su libertad desde el
14 de Noviembre, por lo cual el día 23 del mismo mes, se presentó una demanda
solicitando el amparo y protección de la justicia federal contra el Arraigo
decretado a Diego, por ser un acto de autoridad contrario a la
Constitución. El día 20 de diciembre de 2006 el Juzgado Quinto, declinó
su competencia hacia el Juzgado Primero de Distrito en Tuxtla Gutiérrez. El
número del expediente que se le asignó es el 2695/2006, la audiencia constitucional
se celebrará el 23 de enero, es importante anotar que dicha audiencia fue
prorrogada por la declinación de competencia que se suscitó, acción que se
justifica jurídicamente, pero que constituye violaciones al acceso a la
justicia y protección judicial, pues permite que la situación jurídica del
quejoso cambie y con ello se sobresea el Amparo, es decir, que no haya una resolución por
parte de la autoridad federal encargada de velar por los derechos fundamentales.
El Comité Contra la Tortura
(CAT) de la ONU, en
sus sesiones celebradas los días 8 y 9 de noviembre de 2006, señala al Estado
Mexicano su desasosiego por la figura del Arraigo penal:
"Al
Comité le preocupa la figura del ‘Arraigo penal' que, según la información
recibida, se habría convertido en una forma de detención preventiva con el uso
de casas de seguridad (casas de Arraigo) custodiadas por policías judiciales y
agentes del Ministerio Público, donde se pueden detener indiciados durante 30
días - hasta 90 días en algunos estados - mientras se lleva a cabo la
investigación para recabar evidencia, incluyendo interrogatorios. Aún cuando el
Comité toma nota con satisfacción de la decisión adoptada por la Suprema Corte de
Justicia de la
Nación en Septiembre de 2005 en la que se declara
inconstitucional la figura del Arraigo penal, le preocupa sin embargo que la
decisión judicial se refiere únicamente al Código Penal del Estado de Chihuahua
y carecería de eficacia vinculante para los tribunales de otros estados.
El Estado Parte -México- debe, a la luz de la
decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, garantizar que la figura del Arraigo desaparezca
tanto en la legislación como en la práctica, a nivel federal así como a nivel
estatal"
Antecedentes
Diego Arcos Meneses es indígena
Chol, de 41 años, originario de Cololil,
Tumbalá; es agricultor y tiene el cargo de Concejo de Vigilancia del ejido Nuevo Tila, Ocosingo. De acuerdo con el testimonio
de Diego:
"Íbamos a Viejo Velasco, mi esposa y
mi nieto que lo iba cargando en brazos, para ir a ver como estaba el problema:
las cosas, trastos, cosas y a los refugiado de Nuevo Tila, apenas íbamos
llegando, venían personas de Viejo Velasco con sus cosas, escuchamos el ruido
del helicóptero y dejamos nuestros cargas tiradas en el suelo, y huyeron mi
familia, yo no me corrí, pensé en mi esposa que logró escaparse y yo me quedé
sentado, pensé si me echo a correr me balacean, bajaron gente de la Policía, y me llevaron por casas, hasta que encontramos con el cuerpo de la
muchacha (María
Núñez González) les dije que no sabía
nada.
Me subieron al
Helicóptero, y me llevaron a Palenque, se detuvieron en un campo, (no ubica el lugar) de "policía" y de ahí me llevaron en carro
a la fiscalía.
En la Fiscalía me empezaron a preguntar cómo fue y qué estaba haciendo en el lugar y
les comenté que no fue mi intención de involucrarse en el problema, me trataban
de culpar de robo, porque dejaron sus cosas los de Viejo Velasco. Les dije yo
no estoy robando, ellos se huyeron, yo iba a la milpa (parcela) a traer mi maíz.
Quieren que firme todo lo que dijeron
los de la Fiscalía (en relación al robo) no pueden obligarme y no tengo estudio para ver si pusieron que robé o
maté, me pusieron un líquido en las manos (la prueba de parafina), yo ni siquiera sé firmar, querían que
firmara, me agarraron de mi pelo de la nuca y todavía les dije no me pueden
obligar. Me sonaron en la boca con su puño cerrado, se rajó el cuerito con el
diente, me agarraron de mi pelo y me estaban obligando a firmarlo, les dije, ¿por
qué voy a firmar si son mentiras?, me sonaron en la rodilla, y no podía caminar
y todavía el guardia me regañó. Y me dijo "¿por qué tenías que decir todo eso?"
y yo le dije que era mi abogado."
En Conclusión
Este Centro de Derechos
Humanos considera que la figura del Arraigo penal, en sí misma vulnera derechos
fundamentales, y en este caso específico al tratarse de una persona inocente
como lo es Diego Arcos Meneses, pues la prueba de rodizonato de sodio que le fue
aplicada, resultó negativa, prueba que da evidencia de que no activó arma
alguna. Por tal motivo consideramos que
la autoridad ha violentado su derecho a la libertad personal al no dejarlo en
libertad por falta de evidencias en su contra, la figura del Arraigo lo deja en
una situación jurídica indeterminada para su defensa.
Este
Centro de Derechos Humanos exige:
1.- Libertad
inmediata a Diego Arcos Meneses, por
falta de elementos para que sea imputado como presunto responsable. El
15 de Febrero, fecha que fenece el Arraigo,
se cumplirían 90 días de detención, los mismos que constituyen la
privación arbitraria a su libertad y
violaciones al Derecho a la Integridad y
Seguridad Personal y el Derecho a la Libertad Personal.
2.- A
las autoridades competentes, la presentación con vida Pedro Núñez Pérez,
Mariano Pérez Guzmán, Miguel Moreno Montejo y Antonio Peñate Montejo,
quienes permanecen desparecidos desde el 13 de noviembre en la comunidad de
Viejo Velasco, municipio de Ocosingo.
3.-Se
investigue y se castigue a los verdaderos responsables de los crímenes
perpetrados en la comunidad de Viejo Velasco, municipio de Ocosingo.
ENVIE SUS LLAMAMIENTOS INMEDIATAMENTE ANTES DEL 23 DE ENERO DE 2007
DÍA DE LA AUDIENCIA.
C. Juez Primero de Distrito, del Vigésimo Circuito en el Estado de
Chiapas
Blvd. Ángel Albino Corzo #2641 C.P.29240
Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, México
Fax: +52 961 61 70351
Juez del Ramo Penal de Playas de Catazajá, Chiapas
Colonia Tomas Garrido Canaval, CP 29980
Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, México
Fax: +52 916 3660033
Lic. Mariano Herrán Salvatti
Fiscal General de Justicia del Estado de Chiapas
Libramiento Norte s/n, tercer nivel, Colonia Infonavit "El Rosario", CP 30064
Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, México
Fax: + 52 961 61 657 24
Correo-E.:
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Lic.
Walter Culebro Gonzalez
Fiscal Regional Zona Centro
Libramiento Norte s/n, tercer nivel, Colonia Infonavit "El Rosario", CP 30064
Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, México
Fax: + 52 961 61 657 24
Correo-E.:
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Lic. Juan José Sabines Guerrero
Gobernador Constitucional del Estado de Chiapas
Palacio de Gobierno del Estado de Chiapas
Av. Central y Primera Oriente, Colonia Centro, C.P. 29009
Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, México
Fax: +52 961 61 88088 - + 52 961 6188056
Lic. Horacio Schroeder Bejarano
Secretario de Seguridad Pública del Estado de Chiapas
Libramiento Sur Oriente Km. 9
C.P. 29070 Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, México
Correo-E.:
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Fax: +52 961 61 7-70-20 Extensión 16045
COPIA A:
Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de las Casas A.C.
Brasil No. 14 Barrio Mexicanos, CP. 29240, San Cristóbal de las Casas, Chiapas,
México
Telefax (967) 678 35 48, 678 35 51, 678
73 95, 678 73 96
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