Uruguay en deudaEl Estado incumple con los siete Órganos Internacionales de Derechos Humanos que vigilan la aplicación de los tratados firmados. El país dejó de presentar informes ante el Comité de derechos civiles y políticos en 1996, luego de recibir duros cuestionamientos a la Ley de Caducidad. También está en falta con el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales desde ese año. Walter Pernas
Al reconocer la violación de los acuerdos internacionales hecho que responde fundamentalmente a la actuación de gobiernos anteriores , la cancillería diseñó una política de reorganización e implementación de métodos de trabajo a fin de quedar al día con los organismos a los que Uruguay está obligado a brindar información sobre el cumplimiento de los tratados correspondientes, según supo BRECHA. La ratificación de estos acuerdos no es suficiente garantía para el cumplimiento de los derechos que surgen de los tratados; por ello los estados se obligan a presentar informes regulares a los Comités. Ante el atraso de Uruguay, la Subsecretaria de Relaciones Exteriores, Belela Herrera, dispuso la creación de grupos de trabajo entre Organismos del Estado y la sociedad civil, a fin de elaborar los informes oficiales que se presentarán a partir de 2006. No obstante, las ONG no pierden autonomía al integrarse a las tareas de preparación de los documentos porque pueden presentar sus opiniones particulares en forma paralela, en el denominado “informe sombra”. Uruguay incumple con los siete órganos creados en virtud de los tratados de los Derechos Humanos que supervisan la implementación de los Tratados Internacionales en la materia: el Comité de Derechos Humanos; el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial; el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer; el Comité contra la Tortura; el Comité de los Derechos del Niño; y el Comité para la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares. Los Presidentes de estos órganos se reúnen una vez por año para coordinar las actividades y además hay encuentros periódicos de los Comités. Cada Estado debe cumplir con el calendario diseñado para la presentación de los informes, los cuales son evaluados por los Comités que luego realizan “observaciones finales”. Así, expresan sus preocupaciones y recomendaciones a cada país. LEY DE CADUCIDAD. El Comité de Derechos Humanos, creado en 1966, es el encargado de vigilar el cumplimiento del Pacto de Derechos Civiles y Políticos. Los estados parte deben presentar un primer informe al año de su adhesión al pacto y luego por lo general cada cuatro años, siempre que el Comité lo solicite. El último informe presentado por Uruguay ante este Comité data de diciembre de 1996, bajo el gobierno de Julio María Sanguinetti. En las “observaciones finales” redactadas en marzo-abril de 1998, el Comité saludó la reforma electoral que permite una “mayor transparencia” y un ajuste a las normas internacionales; las medidas legislativas para adecuar algunas recomendaciones del pacto; las que procuran “garantizar la igualdad entre el hombre y la mujer y evitar la violencia en el hogar”, en particular contra mujeres, niños y ancianos; y la capacitación de guardias penitenciarios y policías. También destacó el impulso de un nuevo Código del Proceso Penal (CPP), aunque remarcó que algunos de sus artículos no se ajustaban al Pacto de Derechos Civiles y Políticos. De todas formas el nuevo CPP jamás se concretó. Pero, naturalmente, el cuestionamiento principal fue de nuevo por la impunidad de los crímenes de la dictadura: “El Comité expresa una vez más su honda preocupación con respecto a la Ley de Caducidad de la pretensión punitiva del Estado y su profunda inquietud por las consecuencias que tiene esa ley para el cumplimiento del pacto”. Al respecto, el Comité destacó la obligación que tienen los estados parte de “garantizar que toda persona cuyos derechos o libertades hayan sido violados pueda interponer un recurso efectivo ante la autoridad competente judicial, administrativa, legislativa o de otro carácter”. “El Comité observa con honda preocupación que en algunos casos el hecho de mantener la Ley de Caducidad excluye de manera efectiva la posibilidad de investigar casos pasados de violaciones de Derechos Humanos y, por consiguiente, impide que el Estado parte asuma la responsabilidad de permitir que las víctimas de esas violaciones interpongan un recurso efectivo”, remarcó. Asimismo, el Comité considera que la Ley de Caducidad “viola el artículo 16 del pacto por lo que se refiere a las personas desaparecidas, y el artículo 7 en relación con los familiares de esas personas”. A la luz de la información presentada por la delegación uruguaya, el Comité alentó al Estado a que “promueva y facilite oportunidades para examinar esta cuestión dentro del país, a fin de encontrar una solución que se ajuste plenamente a las obligaciones que incumben a Uruguay en virtud del pacto”. Nada de esto pasó en los últimos dos años del gobierno de Sanguinetti, en los cinco del mandato de Jorge Batlle y, a pesar de los cambios a favor de los Derechos Humanos, la Ley de Caducidad aún pervive en la administración encabezada por Tabaré Vázquez. Ahora se formó un grupo que trabajará en la preparación del informe sobre derechos civiles y políticos, que será presentado a finales de 2006. Para entonces se sabrá qué camino legislativo se aborda en cuanto a la Ley de Caducidad. Por ahora el debate es entre interpretar o anular la norma. [...] Semanario Brecha, Uruguay 20-01-2006 |