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Córdoba 2 de julio 2008
Comunicado de Prensa
Los Beneficios no son para Genocidas
A pocos días de conocer la sentencia de la causa Brandalisis, manifestamos nuestra posición respecto al lugar de cumplimiento de las condenas que deben recibir los genocidas: la cárcel común.
Ya está probado que Humberto Horacio Brandalisis, Hilda Flora Palacios, Carlos Enrique Lajas y Raúl Osvaldo Cardozo fueron sometidos a las peores degradaciones humanas en el centro clandestino de exterminio La Perla a fines de 1977. A lo largo de este proceso hemos conocido, por el relato de las propias víctimas, el desprecio por la humanidad expresada y ejecutada por los hoy imputados cuando eran los "amos" de los campos de concentración, cuando se creían "dioses" dueños de la vida y la muerte de sus víctimas, cuando proyectaban una impunidad eterna desapareciendo los hombres y mujeres que mataban.
A pesar que los sobrevivientes de los Centros Clandestinos de de Detención y Exterminio (CCDyE) denunciaron los crímenes de los genocidas aun antes que finalizara el golpe de estado, sabemos que la impunidad cobijó a éstos durante 30 años, años en los que injustamente gozaron de una plena libertad. Este inconcebible retardo de la justicia, sumado a los tipos de delitos cometidos por estos asesinos nos lleva a la consecuencia lógica de que la pena que reciban los represores deba ser de cumplimiento efectivo en una cárcel común.
Sumado a lo anterior, recientemente se conoció un fallo de la Corte Suprema de Justicia de nuestro País donde se establece que la prisión domiciliaria no puede ser aplicada de manera generalizada, ni automática, sino de acuerdo a cada caso en concreto.
Quienes cometieron delitos que, por su tamaño, naturaleza y extensión, son considerados ofensivos para la conciencia de toda la humanidad, no pueden esgrimir argumentos falaces a la hora de rendir cuenta de sus crímenes a la sociedad. El beneficio de la prisión domiciliaria no puede ser otorgado a quienes produjeron tanto sufrimiento, quienes dejaron un país con dolor y ausencias que son inconmensurables. Los responsables de estas flagrantes violaciones a los derechos más elementales de una persona hoy están siendo juzgados con todas las garantías y derechos consagrados en nuestra constitución. Por ello no pueden aludir ninguna violación a sus derechos. Por ello tampoco pueden pedir beneficios que no les corresponden, su único lugar de reclusión debe ser una cárcel común.
H.I.J.O.S.Córdoba
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