domingo, 20 de julio de 2008

LISTA DE DISTRIBUCIÓN

Suscríbase a REDH
Add to Google
Inicio arrow Temas arrow DDHH / Chile arrow CHILE: Duro fallo de la Corte Suprema en contra de la amnistía
CHILE: Duro fallo de la Corte Suprema en contra de la amnistía Imprimir E-Mail
Enviado por Cristina MIHURA   
jueves, 15 de marzo de 2007

{titleflag:cl}La Nación, Chile

Tapa: Duro fallo de la Corte Suprema en contra de la amnistía

La Sala Penal revocó el sobreseimiento definitivo del brigadier (R) de Ejército Víctor Pinto Pérez, procesado por el homicidio del reservista de la Escuela de Infantería de San Bernardo, Manuel Rojas Fuentes. En marzo de 2004, el ex subdirector de la..

La Nación, Chile

Corte Suprema revocó sobreseimiento de brigadier (R) Víctor Pinto

Duro fallo de la Corte Suprema en contra de la amnistía

El ex director del Cuerpo de Inteligencia del Ejército y condenado por el asesinato de Tucapel Jiménez, se encontraba procesado por el homicidio del reservista Manuel Rojas, pero la jueza María Estela Elgarrista lo sobreseyó por amnistía.

Jorge Escalante La Nación

En uno de los más directos y críticos fallos a los métodos de la represión y haciendo prevalecer la legislación internacional que protege los derechos humanos, incluso “por sobre la Constitución”, la Sala Penal de la Corte Suprema, acogió una casación del abogado Nelson Caucoto, y revocó el sobreseimiento definitivo por amnistía con que en marzo de 2004 una jueza favoreció al brigadier (R) de Ejército Víctor Pinto Pérez, procesado por el homicidio del reservista de la Escuela de Infantería, Manuel Rojas Fuentes.

Este hecho se enmarca en el episodio de Cerro Chena, al sur de Santiago, una de las etapas de los crímenes de Paine cometidos por oficiales y suboficiales de esa escuela después del golpe militar de 1973.

Pinto Pérez, ex subdirector del Cuerpo de Inteligencia del Ejército, DINE, está además condenado a ocho años de presidio por el asesinato del líder sindical Tucapel Jiménez.

Por unanimidad de sus cinco miembros, la Sala Penal dijo en su resolución que un “delito de lesa humanidad” cuya “característica principal es la forma cruel y bestial” con que estos crímenes se cometen, no puede ser amnistiado ni prescribe por el paso del tiempo, porque así lo establecen los tratados internacionales que protegen los derechos humanos y que están por sobre la ley chilena.

Explicando por qué en el caso del reservista prevalecen los Convenios de Ginebra respecto de prisioneros de guerra, los magistrados recordaron que el régimen militar decretó el 12 de septiembre de 1973 el “estado de guerra interno”.

Aludiendo a la argumentación de la jueza María Estela Elgarrista que sobreseyó a Pinto Pérez, los ministros expusieron que “No es dable que los mismos que se asilaron en las ventajas que les concedía la referida declaración de estado de guerra (...) pretendan desconocer su valor para ignorar las sanciones que imponen los tratados de Ginebra”.

Calificando la conducta de la dictadura en materia de represión, la sala sostuvo que “por graves que puedan ser ciertas acciones y por culpables los responsables de determinados ilícitos, no cabe admitir que el poder pueda ejercerse sin límite alguno, o que el Estado pueda valerse de cualquier procedimiento para alcanzar sus objetivos, sin sujeción al derecho o a la moral”.

Refiriéndose a la amnistía, los magistrados afirmaron que este beneficio se orienta en el fin de un conflicto interno de un país “a favorecer a los vencidos en manos de quienes controlan el poder del Estado, facilitando el reestablecimiento de la paz social”. Por el contrario, manifestaron que “la amnistía no puede ser utilizada en casos de delitos de guerra ejecutados por agentes oficiales u oficiosos del Estado, al amparo del ejercicio de un poder incontrolado”.

Por último, la sala sostuvo que toda la legislación internacional en materia de derechos fundamentales de las personas “goza de primacía constitucional en Chile”.

De esta manera, Víctor Pinto vuelve a ser sujeto penal activo en el proceso que ahora instruye la jueza Margarita Rivera, la misma que busca a los desaparecidos de Paine. LN

 
< Anterior   Siguiente >

Clara Busca a Victoria

Enviado por Clara Petrakos

Mi hermana nació entre el 8 y el 13 de abril de 1977 en Banfield, provincia de Buenos Aires.

Fue arrebatada de los brazos de nuestra madre.

Puede tener cualquier nombre, apellido y fecha de nacimiento.

Todos los organismos que corresponde: nacionales, internacionales y la justicia conocen esta búsqueda que ya lleva 31 años. Mi hermana no, por favor reenvía este pedido por mail a todos tus contactos.

Esta dirección de correo electrónico está protegida contra los bots de spam, necesita activar Javascript para verla

Clara busca a Victoria ...

(No olviden quitar las direcciones del forward anterior y poner a los contactos en copia oculta, muchas gracias) 

Laura Busca a Mariana

Por favor reenviá este e-mail para que Laura pueda encontrarse con su hermana. Ayudanos a buscar a Mariana!

Querida Hermana:

Soy Laura, hija de Nora Susana La Spina y Jorge Nestor Cena. Nuestros padres fueron secuestrados por la dictadura militar entre el 15 y 20 de Noviembre de 1976 en La Plata, en calle 34 entre 13 y 14. Mamá estaba embarazada de vos y esa misma noche naciste en una comisaría. Tres días pasaste con ella, mamá te puso el nombre de Mariana, que es tu verdadero nombre. Luego te llevaron y nunca más supimos nada de tu paradero. Nuestros padres están desaparecidos. Yo te busco desde hace años, sos mi única hermana y mi deseo es que estemos juntas. Quiero que sepas que tenés una familia que te espera y te ama, y a pesar de que nunca te vimos sabemos que estás viva. Ojalá que si alguien sabe algo de vos nos ayude a encontrarte.

 

 

 

 Laura Busca a Mariana

Si hay algún dato, por mínimo que sea, por favor escribir a

Esta dirección de correo electrónico está protegida contra los bots de spam, necesita activar Javascript para verla

Muchas gracias.

(No olviden quitar las direcciones del forward anterior y poner a los contactos en copia oculta, muchas gracias) 

Generated in 1.29561 Seconds